Detalle del documento
Código referencia: |
ES.30030.AHP/220 | ||
Título: |
Jefatura Provincial de Obras Públicas de Murcia / Dirección Provincial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
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Fecha inicial: |
1860
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Fecha final: |
1994
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Nivel de descripción: |
Fondo
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Volumen y soporte unidad de descripción: |
6552-Expediente(s)
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Rango inicial: |
5
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Rango final: |
8092
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Historia institucional: |
Por Decreto de 5 de noviembre de 1832 la Secretaría de Estado y del Despacho de Fomento, cambiando su nombre por el de Secretaría de Gobernación del Reino por Decreto de 5 de octubre de 1835, pasando por Decreto de 28 de enero de 1847 a ser la Secretaría de Estado y del Despacho de Comercio, Instrucción Pública y Obras Públicas que desde el 20 de octubre de 1851 pasaría a denominarse Ministerio de Fomento. Por Real Decreto de 2 de septiembre de 1857 (Gaceta, 9 de mayo de 1857) se crean las secciones de fomento en los Gobiernos de Provincia cuyas atribuciones se concretan en el Real Decreto de 12 de junio de 1859 (Gaceta, 13 de junio de 1859). Según dispone la Ley de Obras Públicas de 13 de abril de 1877 existiría una Jefatura de Obras Públicas, estableciéndose una doble administración: una técnica a cargo de los ingenieros de obras públicas y otra política en la figura del Gobernador Civil, que se encuentra a cargo de la sección provincial de fomento. Esta situación se mantendrá hasta la publicación del Real Decreto de 14 de agosto de 1893 que suprimirá dichas secciones. En 1900 el Ministerio de Fomento se dividirá en dos: por un lado Obras Públicas, Agricultura, Industria y Comercio, recibiendo el 6 de octubre de 1905 nuevamente la denominación de Ministerio de Fomento; y por otro lado Instrucción Pública y Bellas Artes. En 1931 el Ministerio de Fomento cambiaría su denominación por el de Obras Públicas. El Ministerio de Vivienda se creó en 1957 para reunir las distintas competencias que en materia de vivienda, arquitectura y urbanismo aparecían dispersas en otros departamentos. Su ordenación se establece en un Decreto de 13 de junio y un Decreto-Ley de 30 de junio de 1972. Las funciones anteriores las tenía el Servicio Nacional de Regiones Devastadas elevado posteriormente a Dirección General, y la Dirección General de Arquitectura. Por Decreto de 2 de junio de 1966 se crean las delegaciones provinciales. En 1977 por el Real Decreto 1558/1977 de 4 de julio, se reestructuran los departamentos ministeriales y vivienda se unifica con Obras Públicas a la que se añade Urbanismo. En 1979 se determina la estructura y funcionamiento de las delegaciones provinciales.
Las competencias de carreteras se sucedieron en diversos organismos; en primer lugar, la Sección de Fomento (1857-1893) dependiente del Gobernador Civil. El Real Decreto de 2 de septiembre de 1857 (Gaceta de Madrid, 9 de mayo de 1957) crea las Secciones de Fomento en los Gobiernos de Provincia y el Real Decreto de 12 de junio de 1859 (Gaceta de Madrid, 13 de junio de 1859) organiza y concreta las atribuciones de dichas secciones. El Real Decreto de 14 de agosto de 1893 suprimirá las Secciones Provinciales de Fomento de los Gobiernos de Provincia cuyos asuntos se despacharían por los Ingenieros Jefes de los ramos respectivo. En 1966, se crea la Delegación Provincial de Obras Públicas, cambiando de denominación la Jefatura Provincial de Obras Públicas por Jefatura Provincial de Carreteras. La Orden de 10 de mayo de 1976 desarrolla el Decreto 900/1975, de 17 de abril, sobre estructuración de los servicios periféricos del Ministerio de Obras Públicas. Por el Real Decreto 2766/1979, de 16 de noviembre, se especifica la estructura y funciones de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. En 1986, se suprimen las Direcciones Provinciales de Obras Públicas y Urbanismo, quedando los servicios provinciales encuadrados orgánicamente dentro de las Delegaciones del Gobierno. Por la Orden de 7 de febrero de 1986 se crean las Demarcaciones de Carreteras del Estado
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