Este procedimiento solo es necesario si se pretende acceder a documentos administrativos que cuenten con algún tipo de restricción (protección de datos de carácter personal, propiedad intelectual, derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y similares), para lo que el ciudadano deberá acreditar su interés legítimo.
El resto de documentos de libre acceso se pueden consultar presencialmente en la sala de investigación del Archivo o a través del catálogo web. Todos los usuarios se rigen por las normas vigentes, recogidas en Resolución de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Bienes Culturales.