Detalle del documento
Código referencia: |
ES.30030.AHP/223 | ||
Título: |
Delegación Provincial de la Juventud de Murcia
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Fecha inicial: |
1962
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Fecha final: |
1978
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Nivel de descripción: |
Fondo
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Historia institucional: |
El Movimiento Nacional contó desde un principio con una organización destinada al encuadramiento de la juventud, bien fuera la Delegación Nacional de Organizaciones Juveniles (hasta 1940), del Frente de Juventudes (1940-1970) o de la Delegación Nacional de la Juventud ( 1970- 1977). Su objetivo fue la educación política, física y deportiva, cultural, moral, social y religiosa de los jóvenes españoles. La historia de esta organización podemos dividirla en tres etapas. La primera está marcada por la Ley de 6 de diciembre que instituye el Frente de Juventudes en 1940 y el decreto de 29 de abril de 1944. Ambos textos están imbuidos por la aspiración totalitaria de los primeros años del Régimen franquista, insisten en el encuadramiento de toda la juventud española a través de las distintas secciones de centros de enseñanza, centros de trabajo y centros rurales, no obstante, ya se establece una elite" de voluntarios que se integrarán en las Falanges juveniles de Franco. La segunda etapa arranca del Decreto 2223/61 de 16 de noviembre, de ordenación de la Delegación Nacional de Juventudes, "órgano encargado por el Estado de la educación cívica y política y la educación física de los españoles varones menores de veintiún años". Destaca la sustitución de las Falanges Juveniles por la Organización Juvenil Española con una menor carga política. La última reforma se inicia en 1970 dando un carácter más administrativo que político a la Delegación Nacional de la Juventud. La Delegación pasa a estar formada por una Secretaría Nacional y cinco departamentos: Coordinación, Servicios a la Juventud, Participación, Formación y Económico-administrativo. El Decreto de 1944, de ordenación general, establece la existencia de un Delegado Provincial, un Secretario y los servicios, Religión, Educación política, Formación premilitar, Educación Física, Propaganda, Campamentos, Administración e Intendencia, Oficialía Mayor, Obra de Ayuda juvenil. Dependiendo directamente del Delegado Provincial existía una ayudantía de las Falanges Juveniles de Franco. Consecuencia del Decreto de 1961 las Delegaciones Provinciales se estructuran en dos secciones: la Juvenil, que tutela a la OJE, y la de Enseñanza encargada de la educación cívica y política. El Decreto de 1970 define las Delegaciones Provinciales, como los órganos encargados de realizar en el ámbito de su competencia territorial las funciones que el Decreto establece para la Delegación Nacional, estando bajo la dirección del Departamento de Coordinación. En la Orden que desarrolla este Decreto regula en detalle las Delegaciones Provinciales. A su frente se sitúa un Delegado, después existe un secretario provincial, nombrado por el Delegado Nacional a propuesta del Delegado provincial, se encarga de sustituir a este Delegado provincial y de gestionar los asuntos de carácter económico-administrativo. El resto de la Delegación Provincial lo forman Departamentos hechos a imagen de los de la Delegación Nacional. En esta misma Orden, en su artículo 65, se crean tanto en el ámbito nacional como en el provincial las Asambleas de Jóvenes. El Sindicato Español Universitario (SEU) se crea en 1937 como asociación de estudiantes de carácter falangista con fines políticos, sindicales, culturales y deportivos. de hecho la Ley de 23 de septiembre de 1939 establece que la única asociación de estudiantes legal es el SEU, en el que se integra la Confederación de Estudiantes Católicos. En el año 1943 se convierte en obligatoria la afiliación al SEU para todos los alumnos universitarios por el hecho de serlo. El SEU se integraba en la Delegación Nacional de Juventudes, aunque gozando de gran autonomía, estando formado por Sindicatos de Facultad, Escuela e Instituto, Sindicatos Locales y Provinciales, Jefatura de Distrito Universitario y Jefatura Nacional. En 1965 se flexibiliza el asociacionismo universitario creando asociaciones profesionales de estudiantes, el SEU pasa a convertirse en el órgano de enlace entre las asociaciones y las instituciones del Estado y del Movimiento Nacional, pasando a tener categoría de Delegación Nacional dependiente de la Secretaría General del Movimiento. El personal e instalaciones de la Delegación Nacional de la Juventud pasaron a la Dirección General de la Juventud y Educación Física y Deportes dependiente de la Subsecretaría de Familia, Juventud y Deporte creada en la Presidencia del Gobierno, de esta Dirección General dependieron las nuevas Delegaciones provinciales de Familia, Juventud y Deporte.En desarrollo de esa Ley se aprobó el RD 596/1977, de 1 de abril por el que se creaba la Subsecretaría de Familia, Juventud y Deportes. Estaba integrada dentro de Presidencia de Gobierno, y le correspondía la preparación, dirección y ejecución de la política de Gobierno, en lo que afecta a la protección y tutela de la institución familiar, la juventud, la condición femenina, la educación física y la práctica deportiva. En cada provincia se creó una Delegación de Familia, Juventud y Deportes. El 10 de febrero de 1978, las Delegaciones Provinciales de Cultura asumen las funciones de la Subsecretaría conforme al Real Decreto 2258/77, de 27 de agosto de 1977, artículo 16.
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