Detalle del documento
Código referencia: |
4.3.5.3 | ||
Título: |
Obras para Prevención del Paro Obrero (1931-1978)
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Fecha inicial: |
1931
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Fecha final: |
1978
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Nivel de descripción: |
3ª División de fondo
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Volumen y soporte unidad de descripción: |
48-Caja(s)
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Historia institucional: |
Por Decreto de 29 de agosto de 1935 fue creado el llamado Recargo de la Décima sobre la contribución territorial e industrial, para remediar el paro obrero. La Ley de 25 de agosto de 1939 estableció la constitución de las Juntas Administradoras del mismo, señalándose en la orden ministerial del departamento de Trabajo, de fecha de 15 de septiembre de 1939, que el establecimiento del recargo expuesto al amparo del citado Decreto de 1935 se estimaría de vigencia ilimitada, debiendo comunicarse a los Ministerios de Hacienda, Gobernación y Trabajo, la posible supresión del mismo en el caso de ser acordado. El recargo, según Orden del Ministerio de Trabajo de 15 de septiembre de 1939 especificaba que el recargo actuaba exclusivamente sobre la contribución rústica. El Decreto de 22 de junio de 1943 detalla los trámites para inversión y justificación de los fondos obtenidos por tal concepto, estableciendo en su artículo 7 la obligación de comunicar anualmente a los Ministerios de Hacienda y de Trabajo si se acuerda o no la ratificación del citado recargo o impuesto para la prevención del paro obrero.
Las instituciones encargadas de gestionar, distribuir e intervenir estos fondos eran las Juntas o Comisiones Provinciales Administradoras del Impuesto para prevención del Paro Obrero, compuesta por el presidente de la Diputación ¿que lo era de la Comisión-, el delegado provincial del Ministerio de Trabajo, dos concejales de municipios de la provincia, dos representantes de los contribuyentes y dos de los obreros, nombrados todos ellos por el Gobernador Civil. Con posterioridad desaparecerían los representantes de los trabajadores y se incluiría un diputado provincial. El oficial mayor de la Corporación Provincial era el secretario de este organismo, siendo sustituido más tarde por el Secretario General.
La Comisión de Murcia se constituyó el 26 de enero de 1940, una vez que la Diputación Provincial consiguió del Ministerio de Trabajo la concesión de dicho recargo (por Orden del 6 de diciembre de 1939) y estaría en funcionamiento hasta el 26 de noviembre de 1976, al haberse suprimido el citado impuesto el 1 de enero de ese año. Este organismo contaba con el apoyo administrativo de un negociado de la Diputación denominado de ¿Prevención del Paro Obrero¿. También existía una Junta técnica, compuesta por funcionarios y facultativos de la Diputación (arquitecto provincial, oficial mayor...), encargada de asesorar a la Comisión, elaborar las memorias y planes de actuación fijando las prioridades y auxiliar a los ayuntamientos que carecieran de técnicos para elaborar los proyectos de obras. Los planes así elaborados debían ser aprobados por la Comisión y a ellos se debían acoger los ayuntamientos y otros organismos interesados en realizar obras con cargo a este impuesto.
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Condiciones de acceso: |
Acceso libre, con las restricciones contempladas en el art. 57c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el art. 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 7 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
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Unidades de descripción relacionadas: |
- Libros de actas de la Comisión Provincial Administradora del Impuesto para Prevención del Paro Obrero (1940-1976).
- Libro de actas de la Comisión Informativa de Obras Públicas y Paro Obrero (1974-1976).
- Todas las series de expedientes y proyectos de obras de la sección de Obras y Vías.
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