Detalle del documento

Código referencia:
ES.30030.AHP/23
Título:
Delegación/ Dirección Provincial/ Servicios Periféricos del Ministerio de Cultura en Murcia (1977-1983)
Fecha inicial:
1977
Fecha final:
1983
Nivel de descripción:
Fondo
Volumen y soporte unidad de descripción:
755-Caja(s) 29-Libro(s)
Historia institucional:
El Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, por el que se reestructuran determinados Organos de la Administración Central del Estado supuso una profunda reorganización de los departamentos ministeriales y creó el Ministerio de Cultura y Bienestar, integrado por: a) Todas las unidades del actual Ministerio de Información y Turismo, salvo las que se atribuyen en este Real Decreto al Ministerio de Comercio y Turismo. b) La Subsecretaría de Familia, Juventud y Deporte con sus Direcciones Generales, dependientes del Ministerio de la Presidencia. c) La Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural del Ministerio de Educación y Ciencia. d) Los Órganos y Entidades adscritos o vinculados a los Centros directivos y Organismos que se traspasan. Pronto se le cambió el nombre, el Real Decreto 2258, de 27 de agosto de 1977 (BOE de 1 de septiembre), disponía que el Ministerio de Cultura y Bienestar pasará a denominarse Ministerio de Cultura y regulaba su estructura orgánica y funciones. Las Delegaciones Provinciales de Cultura surgieron al amparo de ese Decreto, concretamente la de Murcia se puso en marcha el 21 de noviembre de 1977, día de la toma de posesión del nuevo Delegado del Ministerio de Cultura en Murcia, Pedro Andújar Naval, y del cese de José de Luna Cañizares, que había sido Delegado Provincial de Ministerio de Información y Turismo durante muchos años. La nueva delegación utilizó desde sus comienzos las instalaciones de la Delegación Provincial del desaparecido Ministerio de Información y Turismo, tal y como se constata en el acta de entrega que se conserva en el Archivo, CULTURA,62385/6. El nuevo Ministerio y sus Delegaciones definitivamente se organizaron y adquirieron todas sus atribuciones dentro de su ámbito territorial por el Real Decreto 392/78, de 10 de febrero. La Orden Ministerial de 13 de febrero de 1978 (BOE, 18 de marzo) desarrolla el Real Decreto 392/1978 dividiendo según las necesidades socio-culturales de la provincia a las Delegaciones Provinciales en cuatro categorías - una especial y tres categorías más (a cada categoría le corresponde una estructura orgánica diferente) - y constituidas por el Delegado, el Secretario y las unidades administrativas. La Delegación Provincial de Murcia está clasificada como de primera categoría y la Orden estructura dichas Delegaciones en las siguientes unidades: Sección de Promoción Cultural, Sección de Acción Cultural, Sección Actividades Socio-Culturales, con los negociados de Activiades Juveniles y Promoción Comunitaria, Sección de Medios y Sección de Régimen Interior. De cada una de estas secciones dependían negociados con funciones específicas. El cuadro de clasificación del fondo documental se ha estructurado teniendo en cuenta las unidades establecidas en esa Orden. El Real Decreto 1801/1981, de 24 de julio, modificaba la denominación de las Delegaciones Provinciales que pasarán a llamarse Direcciones Provinciales dentro de la nueva organización territorial del Estado como consecuencia de la creación de las Comunidades Autónomas. A partir de entonces se había de acomodar a la estructura periférica de cada departamento ministerial. La Sección de Actividades Socio-Culturales en concreto, pasó a denominarse Sección de Juventud y promoción Socio Cultural. En el caso del Ministerio de Cultura, el Real Decreto 3321/81, de 29 de diciembre de 1981, establecía que las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Cultura se denominarán en lo sucesivo Direcciones Provinciales de Cultura, bajo la autoridad del Gobernador (o Delegado del Gobierno, en el caso de autonomías uniprovinciales), estarán integradas en los Gobiernos Civiles respectivos y dependerán orgánica y funcionalmente del citado Departamento ministerial. Entre 1983 y 1985 cambia su denominación por Servicios Periféricos de Cultura. La mayor parte de sus competencias fueron transferidas a la Comunidad Autónoma por el Real Decreto 2520/1982, de 12 de agosto. En concreto B) Funciones que asume la Comunidad Autónoma e identificación de los Servicios que se traspasan. En materia de asistencia social y promoción sociocultural con especial referencia al ámbito de la juventud y desarrollo comunitario:: a) El estudio de los problemas juveniles sin perjuicio de la coordinación que ha de establecerse entre los órganos correspondientes de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma. b) El fomento de la cooperación juvenil en el ámbito territorial de la Región de Murcia. c) El apoyo al desarrollo de la actividad asociativa juvenil en el territorio de la Región de Murcia, así como el fomento de la participación de la juventud en la vida social del mismo ámbito. d) La dirección y gestión y, en su caso, titularidad de las casas de juventud, clubs juveniles, centros sociales, guarderías e instalaciones recreativo-deportivas, que hasta ahora correspondían al Instituto de la Juventud en el ámbito de la Región de Murcia. el La dirección y gestión y en su caso, la titularidad de las instalaciones comprendidas en la Red Nacional de Albergues Juveniles Residencias Juveniles. Campamentos y Campos de Trabajo cuya gestión esté lgualmente encomendada al Instituto de la Juventud. Teniendo en cuenta las necesidades de las relación; Internacionales y lo dispuesto en el artículo 149.2 de la Constitución. la Comunidad Autónoma, mediante convenio con la administración del Estado, garantizará a ésta la suficiente reserva de plazas en tiempo y condiciones adecuadas. f) La promoción de actividades culturales para el desarrollo comunitario y familiar. g) La ayuda y fomento de actividades en el ámbito de la tercera edad en orden a su promoción sociocultural, sin perjuicio de la titularidad y gestión estatales de los Centros pilotos Nacionales de Tercera Edad. h) La promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, Tercera edad y sectores marginados. El Real Decreto 3031/83, de 21 de septiembre, continuó con el traspaso de competencias, fundamentalmente todas las referidas a la gestión del patrimonio cultural y artístico. Pero aún quedaron algunas funciones en manos del Estado. Se conservan expedientes sancionadores, fundamentalmente en materia de cine que, al amparo de la Ley 17/1994 de 8 de junio de protección y fomento de la cinematografía, resolvía el Ministerio de Cultura y eran incoados y notificados por los Servicios pariféricos del Ministerio hasta el año 1995. Y la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Estudiantes (TIVE) fue transferida en fecha aún mas tardía, por Real Decreto 1824/1998, de 28 de agosto.

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Productores 3
  • España. Delegación Provincial de Cultura de Murcia.
  • España. Dirección Provincial de Cultura de Murcia
  • España. Servicios Periféricos de Cultura de Murcia