Detalle del descriptor

Nota de alcance:
Los Oficios o Contadurías de Hipotecas, establecidos por Real Pragmática de 31 de enero de 1768, constituyen el primer intento serio y efectivo de un sistema de de publicidad registral sobre la transmisión de bienes inmuebles que , aunque solo afectaba a determinados actos, resultaba bastante avanzado para la época. Reformadas por sucesivas disposiciones posteriores, las Contadurías tivieron casi un siglo de vida, hasta la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria, promulgada el 8 de febrero de 1861, que estableció los actuales Registros de la Propiedad. Los libros que llevaban los Contadores de Hipotecas para la toma de razón, cumpliendo con la Real Pragmática de 1768 y disposiciones posteriores, son los que ahora se encuentran en los Archivos Históricos Provinciales, y constituyen el testimonio de casi un siglo de derecho inmobiliario español. El encargo del Oficio de Hipotecas será el escribano de Ayuntamiento de la cabeza de partido o jurisdicción correspondiente. Si hay dos escribanos del Ayuntamiento, la Justicia y Regimiento decidirá cual de ellos debe ocupar el cargo.
REGLAS_NORMAS:
Dic. Hª España,1979
FECHA_DESCRIPCION:
9-5-2013

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