Detalle del descriptor

Nombre de Entidad Autorizado:
España. Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado
Fecha de fundación:
1997
Otras formas del nombre:
España. Abogacía General del Estado
Historia:
Conforme al art. 3 del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con nivel orgánico de Subsecretaría, es el órgano directivo de los servicios de asistencia jurídica al Estado y otras Instituciones públicas en los términos contenidos en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones públicas, en dicho Real Decreto y en su normativa complementaria. De acuerdo con el artículo 3 de la mencionada Ley, la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es, por una parte, el centro superior consultivo de la Administración del Estado, Organismos autónomos y Entidades públicas dependientes, conforme a sus disposiciones reguladoras en el caso de estas últimas, y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la legislación a los Subsecretarios y Secretarios generales técnicos, así como de las especiales funciones atribuidas al Consejo de Estado como supremo órgano consultivo del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Constitución y en su Ley Orgánica de desarrollo; y por otra, es el centro superior directivo de los asuntos contenciosos en los que sea parte el Estado y sus Organismos autónomos, o las entidades públicas empresariales u Órganos Constitucionales cuando corresponda.
Relación 1:
Nombre(s) / Identificadores de instituciones, personas o familias relacionadas:
Fechas de la relación:
2000

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