Detalle del descriptor

Nombre de Entidad Autorizado:
Diputación Provincial de Murcia. Comisión Provincial (1870-1945)
Otras formas del nombre:
Diputación Provincial de Murcia. Comisión Provincial Permanente
Historia:
Órgano colegiado permanente creado por la Ley provincial de 1870, la totalidad de cuyos miembros constituyen también una parte del Pleno de la Diputación. Las funciones que se le atribuyeron, en su constitución, fueron las siguientes: a) Preparar y ejecutar los acuerdos adoptados por el Pleno, asumir sus funciones interinamente y ejercer ciertas competencias propias especialmente en materia de quintas y personal. Garantizaba la actividad de la Diputación en los periodos intersesiones. b) Ser un órgano consultivo del Gobernador civil al que debía elevar sus dictámenes. En esta función la Comisión sustituyó al Consejo provincial. c) Ejercer las tareas correspondientes como órgano superior jerárquico de los ayuntamientos. Entre 1876 y 1888 fue tribunal contencioso-administrativo provincial, (heredando también en este ámbito las competencias del Consejo Provincial), hasta 1882, año en que dichas competencias pasaron a depender de la Audiencia Provincial. A partir del año 1925, con la aprobación del Estatuto provincial pasa a denominarse Comisión Provincial Permanente. Estaba compuesta por los Diputados provinciales directos, que en unión de los corporativos, constituían el pleno y sus competencias eran todas las no reservadas al Pleno. Pierde dos de sus funciones básicas: la condición de superior jerárquico de los ayuntamientos y el carácter de órgano asesor del Gobernador Civil, función que queda reservada a los abogados del Estado afectos al Gobierno civil. Solo mantiene sus atribuciones como órgano de gobierno y administración de la Diputación con un carácter subordinado a los otros dos: el gobernador y el Pleno de la Diputación. La llegada de la República (14 de abril de 1931) supone la desaparición de la Comisión provincial.

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