Detalle del documento

Código referencia:
63.04
Título:
Registro civil
Nivel de descripción:
1ª División de fondo
Historia institucional:
Con algunos antecedentes previos aparecidos en torno a 1840 los Registros Civiles se crearon en 1871, regulados por la Ley Provisional 2/1870, de 17 de junio, del Registro Civil y del Reglamento para la ejecución de las leyes de matrimonio y Registro civil, de 13 de diciembre de 1870.que establecía la obligatoriedad de su establecimiento en todos los municipios. La posterior Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957 fue sustituida por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Los Jueces municipales y comarcales, son los encargados del Registro, actuando el Juez de Paz por delegación de los mismos. Las inscripciones se refieren al nacimiento, matrimonio y defunción. Las anotaciones tiene un caracter informaticvo y pueden ser rectificadas y canceladas en virtud de expediente gubernativo.

Imágenes/Documentos no disponibles
Lugares 1
  • Lorca (Murcia, España)
Productores 1
  • Registro Civil de Lorca