Detalle del documento
Código referencia: |
63.02 | ||
Título: |
Actuaciones civiles
|
||
Nivel de descripción: |
1ª División de fondo
|
||
Historia institucional: |
Los Juzgados de Primera Instancia fueron creados por el Real Decreto de 21 de abril de 1834 por el que se implanta una demarcación judicial que divide el territorio en Partidos Judiciales y establece los Juzgados de Partido o de Primera Instancia, con competencias en asuntos civiles y criminales. Tienen sus antecedentes en los Jueces Letrados de Partido que establece la Constitución de 1812, que supuso el paso del régimen jurisdiccional del Antiguo al Nuevo Régimen.
La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870 crea los Juzgados de Partido y establece la especialización de órganos para los asuntos criminales y civiles, pero nada de esto se pudo llevar a cabo por falta de medios.
A los Juzgados de Primera Instancia les correspondía el enjuiciamiento y fallo de los asuntos civiles y criminales de su competencia, aunque desde el año 1882, fecha de creación de las Audiencias de lo Criminal, y en relación con algunos asuntos criminales les corresponde solamente la instrucción ya que el enjuiciamiento y fallo corresponde a estas últimas.
Durante mucho tiempo los Juzgados de Primera Instancia han ejercido indistintamente sus competencias en asuntos civiles y criminales, hasta que por el Decreto 2160/1973, de 17 de agosto, se produjo la separación de jurisdicciones, creándose Juzgados de Instrucción independientes de los de Primera Instancia.
|