Detalle del descriptor

Nombre de Entidad Autorizado:
Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas (España)
Fecha de fundación:
13-2-1939
Fecha de disolución:
25-4-1945
Situado en:
Madrid (España)
Historia:
La jurisdicción especial de responsabilidades políticas se inicia con la Ley de 9 de febrero de 1939, publicada en el BOE de 13 de febrero y creaba el Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas, la Jefatura Superior Administrativa, los tribunales regionales de responsabilidades políticas, unos juzgados instructores provinciales de responsabilidades políticas y unos juzgados civiles especiales. El Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas dependía de la Vicepresidencia del Gobierno y estaba formado por un presidente y seis vocales: dos generales o asimilados del Ejército o la Armada, dos abogados miembros del Consejo Nacional de FET de las JONS y dos magistrados de categoría igual o superior al de Audiencia Territorial. Sus funciones eran: - Dirigir e inspeccionar la actuación de los tribunales regionales, elaborar las instrucciones de funcionamiento, resolver conflictos de competencias y responder las consultas formuladas por éstos. - Dictar la resolución definitiva en los expedientes elevados a su conocimiento (artículo 56). - Ejercer la función inspectora y de la potestad disciplinaria de los tribunales regionales y juzgados instructores provinciales de responsabilidades políticas. - Proponer los nombramientos del personal subalterno del tribunal nacional, los tribunales regionales y los juzgados instructores provinciales. - Proponer la creación de nuevos tribunales regionales y juzgados instructores provinciales. La Ley de 1939 fue modificada mediante la Ley de 19 de febrero de 1942 de reforma de la de Responsabilidades Políticas. Esta nueva normativa suprimía los tribunales regionales -pasando sus funciones a las Audiencias Provinciales-, los juzgados instructores provinciales y los juzgados civiles especiales -sus funciones pasaron a los Juzgados de Instrucción y de Primera Instancia- y la Jefatura Superior Administrativa. El Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas mantuvo sus funciones y composición y pasó a depender del Ministerio de Justicia. Para agilizar el despacho de los asuntos se creó una segunda sala con las mismas atribuciones. La jurisdicción especial de responsabilidades políticas fue suprimida por Decreto de 13 de abril de 1945, publicado en el BOE de 25 de abril y el Tribunal Nacional fue sustituido por una Comisión liquidadora dependiente del Ministerio de Justicia. A partir de este decreto no volvieron a abrirse nuevas causas, pero siguió la tramitación de los expedientes incoados hasta la fecha.]

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