Certificados y copias auténticas

Última actualización: 12/04/23

Un servicio que garantiza los derechos y obligaciones de los ciudadanos y la Administración

Los ciudadanos pueden solicitar certificados o copias auténticas de aquellos documentos que obran en el archivo, sin restricción alguna si se trata de documentos históricos de libre acceso y con las limitaciones previstas en la ley (generalmente contar con la condición de interesado) cuando se trate de documentos que cuenten con datos personales protegidos y otros supuestos de reserva.

Certificados

Se expide certificado dando fe del contenido de los documentos o inscripciones registrales custodiados en al Archivo. La expedición de certificados devenga una tasa de 8,36 € (según lo dispuesto en la Orden anual por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en la CARM), a abonar por el interesado cuando reciba la carta de pago.

Copias auténticas

La copia auténtica (regulada por el artículo 50.3 del Decreto 236/2010, de 3 de septiembre, de Atención al Ciudadano en la Administración Pública de la Región de Murcia y por el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) consiste en una copia realizada por cualesquiera medios informáticos, electrónicos o telemáticos, en la que figurará la acreditación de la autenticidad de la misma identificando el archivo que la expide y la persona responsable de la expedición. Las copias devengarán la tasa por reproducción de imágenes del AGRM establecida en la mencionada Orden

Escrituras notariales

Las certificaciones y copias auténticas de escrituras notariales no las realiza el Archivo –aunque los protocolos notariales se conserven en el mismo-. Para solicitarlas debe ponerse en contacto con el Colegio Notarial de Murcia: C/ Alfaro, 9. 30001 – MURCIA. Tel: 968214511. Web Colegio Notarial de Murcia.

Compromiso

Tal como consta en su Carta de Servicios (BORM nº 184; 10 de agosto de 2018), el Archivo General se compromete a entregar copia o certificación de documentos conservados en el Archivo en el plazo máximo de diez días.

 

Normativa y tasas