Detalle del descriptor

Nombre de Entidad Autorizado:
Comisión Provincial de Servicios Técnicos de Murcia
Fecha de disolución:
26-10-1977
Historia:
Establecida por la Ley de Bases de Régimen Local de 17 de julio de 1945 y el Decreto de 24 de junio de 1955. Fueron competencias de la comisión: Aprobar los planes de urbanización, las ordenanzas de construcción de viviendas, los proyectos de ensanche, reforma y saneamiento de los municipios de 50.000 habitantes; fomentar y formar planes de urbanización, los proyectos y presupuestos de instalación de servicios municipales obligatorios, sometidos a informe del respectivo ayuntamiento par su ejecución; informar los planes de obras y servicios, que hayan de ser sometidos al acuerdo de la Diputación, y cualquier otro asunto de carácter técnico en que se requiera su informe. Por el Decreto de 13 de febrero de 1958 se regula la tramitación de los planes de obras y servicios de carácter predominantemente local o provincial. Las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos funcionaban en Pleno, en Comisiones Permanentes y en Comisiones de Trabajo. Estaba presidida, salvo que a sus sesiones asista el Gobernador, por el Presidente de la Diputación e integrada, entre otros, por el Delegado de Hacienda, el ingeniero Jefe de Obras Públicas, el Jefe Provincial de Sanidad, el ingeniero Jefe de Obras Públicas, siendo su secretario el propio de la diputación. Según el Decreto 746/1961, de 8 de mayo, por el que se regulan las Comisiones Delegadas de las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos se constituían las siguientes comisiones delegadas: a) Asuntos Económicos, b) Transportes y Comunicaciones, C) Acción Cultural, d) Sanidad y e) Asuntos Sociales. La Comisión Delegada de Asuntos Económicos asumía las competencias de la Junta de Ordenación Económica de la Provincia, Junta Provincial por la recogida de cosecha, Comisión Provincial reguladora de piensos, Junta Consultiva de centrales lecheras y la Junta Provincial de Extinción de animales dañinos y protección de la caza. Por el Real Decreto 1087/1976, de 23 de febrero, sobre regulación del sistema de planes provinciales de obras y servicios, se atribuye a las Diputaciones los cometidos asignados anteriormente a las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos. Con la entrada en vigor del Real Decreto 2668/1977 de 25 de octubre (BOE de 26 de octubre de 1977) por el que se regulan los órganos colegiados de ámbito provincial de la administración civil del Estado quedaban derogadas, al día siguiente de su publicación, las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos (disposición final primera).

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