Detalle del documento

Código referencia:
5.7.5
Título:
Consejo Provincial de Seguridad.
Fecha inicial:
1937
Nivel de descripción:
2ª División de fondo
Historia institucional:
Los Consejos Provinciales de Seguridad fueron creados por el Decreto de 26 de diciembre de 1936 (Gaceta de la República de 27 de diciembre de 1936). Estaban presididos, según su artículo 6º, por el Gobernador Civil, con voz y voto. En aquellas regiones de régimen interprovincial eran presididos por el Delegado Especial del Gobierno. Por el artículo 7º del decreto se creaba el Cuerpo de Seguridad, el único encargado de todas las funciones relacionadas con el mantenimiento del orden, vigilancia e investigación. El Cuerpo de Seguridad se dividía en dos grupos (artículo 8º): Grupo uniformado y Grupo sin uniforme. El Grupo uniformado se divide en tres secciones: Seguridad rural, Seguridad urbana y Seguridad de vanguardia; y el Grupo sin uniforme se divide en otras tres secciones: Sección de fronteras, Judicial y de Investigaciones especiales.

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Lugares 1
  • Murcia (provincia, España)
Productores 1
  • Gobierno Civil de Murcia. Secretaría General
Entidades 1
  • Consejo Provincial de Seguridad