Detalle del documento

Código referencia:
ES.30030.AHP/235
Título:
Junta Provincial de Protección de Menores de Murcia (1936-1986)
Fecha inicial:
1936
Fecha final:
1986
Nivel de descripción:
Fondo
Volumen y soporte unidad de descripción:
131-Caja(s) 76-Libro(s)
Historia institucional:
En 1904 se promulga la primera ley española de Protección a la Infancia, de la que se derivó, en 1908, la creación, de las Juntas Provinciales y Locales de Protección de la Infancia y del Consejo Superior de Protección de la Infancia y Represión de la Mendicidad. Este organismo impulsó la promulgación de la Ley de Bases de 2 de agosto de 1918 y el Decreto Ley de 25 de noviembre del mismo año, sobre la creación y funcionamiento de los Tribunales para Niños. Por el Decreto de 2 de julio de 1948, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación sobre Protección de menores, se establece en cada capital de provincia una Junta de Protección de menores con jurisdicción en toda ella con facultad para designar delegaciones locales en aquellos municipios en que lo juzgue necesario. Estas Juntas Provinciales dependerán directamente del Consejo Superior de Protección de Menores. Estaban encargadas de la inspección, vigilancia, promoción, fomento y coordinación de los organismos y servicios para la protección de menores de ambos sexos hasta la edad de dieciséis años. En las Juntas funcionarán, con carácter informativo, tres secciones: Puericultura y Primera Infancia, Asistencia social y Mendicidad y Tutela moral. Las Juntas de Protección de Menores cuentan en sus ingresos con los rendimientos del impuesto del cinco por ciento sobre las entradas de todo espectáculo público. En 1969 se integra la Junta Local de Cartagena en la Provincial. Por el Real Decreto 1113/1984, de 29 de febrero, se produce el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de protección de menores. Por el Decreto 30/1985, de 18 de abril, se disuelve la Junta pasando sus funciones a desempeñarla la Dirección Regional de Bienestar Social.
Condiciones de acceso:
Acceso restringido. Está sometido a las restricciones contempladas en el art. 57c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

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  • Junta Provincial de Protección de Menores de Murcia