Detalle del documento

Código referencia:
ES.30030.AGRM/27
Título:
Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de Murcia
Fecha inicial:
1952
Fecha final:
1997
Nivel de descripción:
Fondo
Volumen y soporte unidad de descripción:
111-Caja(s)
Historia institucional:
Los Centros Provinciales Coordinadores de Bibliotecas son creados por el Decreto de 4 de julio de 1952 (BOE de 11 de agosto de 1952) por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Nacional de Lectura. Este Servicio tenía como órganos propios: el Consejo Nacional de Lectura, la Oficina Técnica y los Centros Provinciales Coordinadores de Bibliotecas. Estos Centros eran los órganos encargados del gobierno del Servicio Nacional de Lectura en su demarcación, que se ejercitaba en régimen mixto de Patronatos y dirección técnica, regulado por un Reglamento elaborado por aquél y aprobado por el Ministerio de Educación Nacional (art. 9). Los Patronatos de los Centros Provinciales Coordinadores estaban presididos por el Presidente de la Diputación Provincial respectiva, y en su composición formaban parte, mediante nombramiento ministerial, representaciones de los Organismos colaboradores, personas destacadas de la vida cultural de la provincia y representantes obreros de las Organizaciones Sindicales. El Secretario del Patronato era el funcionario facultativo encargado de la dirección técnica (art. 10). La dirección técnica recaía en un funcionario del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos que se establecía, hasta disponer de local propio, en la Biblioteca Pública de la capital de la provincia o en la Biblioteca Pública de la ciudad, cuando se transforme la anterior en en ésta última entidad (art. 11). En aquellas provincias que ya tenían en funcionamiento su Centro Provincial Coordinador, las funciones que tenían atribuidas por la legislación los Patronatos Provinciales para el Fomento de las Bibliotecas, Archivos, Museos Arqueológicos serán asumidas por los Patronatos de aquellas organizaciones Provinciales. Por RD 466/1980, de 29 de febrero, sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado al Consejo Regional de Murcia, éste último se subrogaba en las funciones ejerecidas por la Administración del Estado en el seno de los Patronatos que regían los Centros Provinciales Coordinadores. Por los artículos 45-53 del Real Decreto 466/1980, de 29 de febrero, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo Regional de Murcia en materia de urbanismo, agricultura, actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, ferias interiores, turismo, transportes, administración local, cultura y sanidad, se cedió las competencias del Centro Nacional de Cultura, Depósito Legal, Tesoro Bibliográfico e inscripciones en el Registro General de Propiedad Intelectual. El Centro Coordinador desapareció como tal en 1985 y sus competencias de coordinación bibliotecaria pasaron al Sistema Regional de Archivos y Bibliotecas y desde 1996 a la Biblioteca Regional de Murcia.
Condiciones de acceso:
Acceso restringido. Está sometido a las restricciones contempladas en el art. 57c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Unidades de descripción relacionadas:
Véase, en el fondo de la Diputación Provincial de Murcia, la división de fondo Bibliotecas de la provincia (1935-1982), donde se conserva la documentación generada por la corporación como patrona del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de la Provincia de Murcia.

Imágenes/Documentos no disponibles
Productores 1
  • Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de Murcia