Detalle del documento
Código referencia: |
4.1.3.6 | ||
Título: |
Dictámenes e informes evacuados al Gobernador Civil (1870-1931)
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Fecha inicial: |
1870
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Fecha final: |
1931
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Nivel de descripción: |
Serie
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Alcance y contenido: |
Según establece la Real Orden de 13 de enero de 1876, en concordancia con el artículo 84 de la Ley de 25 de septiembre de 1863, a las Comisiones Provinciales les corresponde el conocomiento y fallo de las cuestiones relativas al cumplimiento, rescisión y efectos de los contratos y remates celebrados con la Administración Provincial, para toda clase de servicios y obras públicas del Estado, provinciales y municipales. Dentro de las competencias propias de la Comisión Provincial, según se recoge en el artículo 66 de la Ley Provincial de 2 de octubre de 1877, estaba la de emitir dictamen cuando las leyes y reglamentos lo prescribían, y siempre que el Gobernador por sí o por disposición del Gobierno estimase conveniente. Los Dictámenes son auténticos expedientes que incluyen oficio de remisión a la Comisión provincial (en muchas ocasiones con traslado o incluso original del expediente previo) y el informe del negociado competente, además del acuerdo de la Comisión. Los temas eran tan variados como las competencias de la Diputación: minas, puertos, aguas, cementerios, ferrocarriles, etc.
El dictamen siempre concluye con una notificación de "cumplido con devolución de antecedentes al Gobernador".
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Condiciones de acceso: |
Acceso libre
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Unidades de descripción relacionadas: |
Véase dentro de la Comisión Provincial las series Registros de actas de sesiones y Memorias semestrales.
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