Detalle del descriptor

Nombre de Entidad Autorizado:
Diputación Provincial de Murcia. Comisión Provincial Administradora del Impuesto para prevención del paro obrero
Fecha de fundación:
1931
Fecha de disolución:
1976
Otras formas del nombre:
Diputación Provincial de Murcia. Comisión Provincial Administradora de los fondos de la décima para prevención del paro obrero. Diputación Provincial de Murcia. Junta Provincial Administradora para la prevención del paro obrero. Diputación Provincial de Murcia. Junta Provincial Administradora del recargo de la décima sobre la contribución rústica para remediar el paro obrero. Delegación Provincial de Trabajo de Murcia. Junta Provincial del Paro
Historia:
Por Decreto de 29 de agosto de 1935 fue creado el llamado Recargo de la Décima sobre la contribución territorial e industrial, para remediar el paro obrero. La Ley de 25 de agosto de 1939 estableció la constitución de las Juntas Administradoras del mismo, señalándose en la orden ministerial del departamento de Trabajo, de fecha de 15 de septiembre de 1939, que el establecimiento del recargo expuesto al amparo del citado Decreto de 1935 se estimaría de vigencia ilimitada, debiendo comunicarse a los Ministerios de Hacienda, Gobernación y Trabajo, la posible supresión del mismo en el caso de ser acordado. El recargo, según Orden del Ministerio de Trabajo de 15 de septiembre de 1939 especificaba que el recargo actuaba exclusivamente sobre la contribución rústica. El Decreto de 22 de junio de 1943 detalla los trámites para inversión y justificación de los fondos obtenidos por tal concepto, estableciendo en su artículo 7 la obligación de comunicar anualmente a los Ministerios de Hacienda y de Trabajo si se acuerda o no la ratificación del citado recargo o impuesto para la prevención del paro obrero. Las instituciones encargadas de gestionar, distribuir e intervenir estos fondos eran las Juntas o Comisiones Provinciales Administradoras del Impuesto para prevención del Paro Obrero, compuesta por el presidente de la Diputación ¿que lo era de la Comisión-, el delegado provincial del Ministerio de Trabajo, dos concejales de municipios de la provincia, dos representantes de los contribuyentes y dos de los obreros, nombrados todos ellos por el Gobernador Civil. Con posterioridad desaparecerían los representantes de los trabajadores y se incluiría un diputado provincial. El oficial mayor de la Corporación Provincial era el secretario de este organismo, siendo sustituido más tarde por el Secretario General. La Comisión de Murcia se constituyó el 26 de enero de 1940, una vez que la Diputación Provincial consiguió del Ministerio de Trabajo la concesión de dicho recargo (por Orden del 6 de diciembre de 1939) y estaría en funcionamiento hasta el 26 de noviembre de 1976, al haberse suprimido el citado impuesto el 1 de enero de ese año. Este organismo contaba con el apoyo administrativo de un negociado de la Diputación denominado de ¿Prevención del Paro Obrero¿. También existía una Junta técnica, compuesta por funcionarios y facultativos de la Diputación (arquitecto provincial, oficial mayor...), encargada de asesorar a la Comisión, elaborar las memorias y planes de actuación fijando las prioridades y auxiliar a los ayuntamientos que carecieran de técnicos para elaborar los proyectos de obras. Los planes así elaborados debían ser aprobados por la Comisión y a ellos se debían acoger los ayuntamientos y otros organismos interesados en realizar obras con cargo a este impuesto.

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